Os recordamos que los inversores personas físicas que hayan participado en una ronda de inversión mediante aumento de capital de una sociedad de reciente creación, pueden beneficiarse de una importante deducción en el IRPF sobre el importe de su inversión.
Por lo que, si eres un inversor persona física, o una startup que ha captado fondos vía aumento de capital, te interesa conocer la siguiente información:
- La deducción en IRPF alcanza hasta el 30% de las cantidades invertidas, con un límite en la base de deducción de 60.000 euros anuales (es decir, la deducción en sí tiene un límite de 18.000 euros).
- Para ello, es necesario que la Sociedad en la que se ha invertido entregue una certificación, firmada por el administrador, indicando que la Sociedad cumple los requisitos para que los inversores puedan practicarse la deducción. Al final de este recordatorio os incluimos un modelo de certificación.
- Asimismo, la Sociedad debe presentar a la AEAT, por vía telemática, el modelo 165 (Declaración Informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación). Tendrá de plazo hasta el 31 de enero de 2023 para presentar el modelo 165 que recapitule las certificaciones correspondientes a los aumentos de capital realizados en 2022.